De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento General de Facultades, D.U. N° 906 de 2009, y el D.U. No004522 de 2010 respectivamente, la Junta Electoral Local, presidida por la Prof. Luz Ángela Martínez, vicedecana de la Facultad de Filosofía y Humanidades, da a conocer a la comunidad el calendario para la elección y el respectivo claustro elector provisorio.
ETAPA | FECHAS |
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a) Publicación de la nómina de claustro elector |
Martes 10/05/2022 a Martes 17/05/2022 |
b) Plazo máximo para presentar reclamos por errores de hecho en la confección de la nómina del claustro ante la Junta Electoral |
Martes 17/05/2022 |
c) Plazo máximo de resolución de los reclamos por parte de la Junta Electoral Central |
Viernes 20/05/2022 |
d) Publicación de la nómina definitiva del claustro elector |
Lunes 23/05/2022 |
e) Plazo de presentación de candidaturas ante la Junta Electoral Local |
Martes 17/05/2022 a Martes 24/05/2022 |
f) Pronunciamiento provisional de candidaturas por parte de la Junta Electoral Local |
Miércoles 25/05/2022 |
g) Publicación de la nómina provisional de candidatos(as) y notificación a los(as) interesados(as) |
Miércoles 25/05/2022 |
h) Plazo máximo para presentar, ante la Junta Electoral Central, impugnaciones al pronunciamiento provisional de candidaturas |
Viernes 27/05/2022 |
i) Plazo máximo de resolución, por parte de la Junta Electoral Central, de las impugnaciones |
Martes 31/05/2022 |
j) Publicación nómina definitiva de candidatos(as) |
Martes 31/05/2022 |
k) Período de voto anticipado |
NO APLICA |
l) PrimeraVuelta |
Jueves 02/06/2022 |
m) Escrutinio |
Jueves 02/06/2022 |
n) Publicación resultado provisorio de la elección |
Viernes 03/06/2022 |
o) Plazo máximo para presentar reclamos u objeciones al desarrollo del proceso y a la realización del escrutinio |
Lunes 06/06/2022 |
p) Plazo máximo de resolución de reclamos por la Junta Electoral Central |
Miércoles 08/06/2022 |
q) Plazo máximo de publicación del resultado definitivo de la elección y de proclamación de candidato(a) electo(a), y en caso de corresponder eventual llamado a Segunda Vuelta |
Miércoles 08/06/2022 |
r) Eventual periodo de voto anticipado para segunda vuelta |
NO APLICA |
s) Eventual Segunda Vuelta |
Viernes 10/06/2022 |
t) EventualEscrutiniodelaSegundaVuelta |
Viernes10/06/2022 |
u) Eventual publicación del resultado provisorio de Segunda Vuelta |
Lunes 13/06/2022 |
v) Eventual plazo máximo para presentar reclamos u objeciones al desarrollo del proceso y a la realización del escrutinio de Segunda Vuelta |
Miércoles 15/06/2022 |
w) Eventual resolución de reclamos de la Junta Electoral Central (plazo máximo) |
Viernes 17/06/2022 |
x) Eventual publicación del resultado definitivo de Segunda Vuelta y proclamación de candidato(a) electo(a) |
Lunes 20/06/2022 |
Condiciones de elegibilidad
Los requisitos para ser candidato a Decano/a de la Facultad, según lo dispuesto en el Artículo N° 14 del referido Reglamento, son los siguientes:
- Ser Profesor Titular.
- Para cumplir su función deberá contar con una jornada contratada no inferior a 22 horas.
Es importante señalar que las condiciones o requisitos de elegibilidad señalados precedentemente requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.
Además, de las condiciones de elegibilidad anteriormente descritas, el Reglamento General de Elecciones establece que los candidatos para en los casos de cargos o funciones que ejerzan académicos el postulante deberá haber obtenido la más alta calificación en el último proceso correspondiente.
No obstante, lo anterior según lo dispuesto en el Art. 15 del Reglamento General de Elecciones, existen requisitos de carácter general para postular a cualquier cargo o función que regule el referido Reglamento de Elecciones, los cuales son:
a) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones, y
b) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito.
Presentación de candidaturas
Artículo 63: "La presentación de candidaturas a Decano/a o de Director/a de Instituto dependiente de Rectoría se efectuará ante la Junta Electoral Local, adjuntando el patrocinio de diez (10) académicos pertenecientes al respectivo claustro elector. Si el claustro elector fuera inferior a cincuenta académicos, las candidaturas deberán estar patrocinadas por, a lo menos, cinco miembros de dicho claustro".
En relación al número de patrocinantes, estos deberán manifestar su adhesión a la candidatura mediante correo electrónico institucional, dirigido al Presidente de la Junta Electoral Local, con copia al respectivo candidato/a, en el que se individualice al postulante, el nombre completo del patrocinante y la unidad académica a la que pertenece. En caso ser un correo electrónico de una cuenta personal y no por correo institucional, debe adjuntar copia de la cédula de identidad por ambas caras, y una imagen legible de la firma.
La nómina de patrocinantes deberá señalar bajo el encabezamiento, el nombre del candidato y el acto electoral de que se trate. Dejará expresa constancia de la numeración correlativa de las personas que la suscriban, apellidos y nombres completos, requisito habilitante del elector y, si correspondiese, jerarquía académica, unidad académica a la que pertenece, número de la cédula nacional de identidad y firma del elector, según documento adjunto. Un elector podrá patrocinar más de una candidatura para una misma elección.
El candidato podrá designar un apoderado general que lo represente ante la Junta Electoral correspondiente.
Claustro Elector
Artículo 64: "El claustro para las elecciones de Decano/a o Director/a de Instituto dependiente de Rectoría estará constituido por todos los académicos adscritos a la unidad, pertenecientes a cualquier categoría académica y jerarquía, quienes sufragarán según las ponderaciones señaladas en este reglamento".
Ponderación del voto:
La ponderación de los votos según lo dispuesto en el Art. 11 del Reglamento General de Elecciones es la siguiente:
- Académicos que ejerzan cargos Directivos, Profesores Eméritos y aquellos con nombramiento de 22 a 44 horas semanales: Un Voto.
- Académicos con nombramiento de 7 a 21 horas semanales: Medio Voto.
- Académicos con nombramiento igual o inferior a 6 horas: Un Octavo de Voto.
DE LAS ELECCIONES:
En el plazo señalado en la convocatoria, la Junta Electoral Local procederá a confeccionar y publicar el claustro elector correspondiente. Dentro de los siete días siguientes a su publicación, cualquier miembro del claustro podrá presentar ante la Junta Electoral Local reclamos por errores de hecho en la confección de la nómina, destinándose el siguiente horario de 9:30 a 16:30 horas para la recepción de las referidas impugnaciones. Las Juntas Electorales Locales, a su vez, remitirán los referidos reclamos, a la brevedad, a la Junta Electoral Central. Luego de resueltos los reclamos, la Junta Electoral respectiva publicará la nómina definitiva del claustro elector, a través de los referidos medios digitales dispuestos para tales efectos.
Es importante señalar que las condiciones o requisitos de elegibilidad señalados precedentemente requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.
En lo relativo a inscripción de candidaturas, cabe señalar, que los candidatos deberán presentar sus postulaciones dentro del plazo establecido en la convocatoria, esto es entre el martes 17 al martes 24 de mayo de 2022, mediante comunicación dirigida por correo institucional, al Presidente de la Junta Electoral Local, al correo electrónico vicedecanato.filosofia@uchile.cl, bajo el Asunto: PRESENTACIÓN DE CANDIDATURA + Nombre completo, y en cuyo cuerpo se manifieste su voluntad de ser candidato a determinado cargo, señalando nombre completo, cédula de identidad y la unidad a la que pertenece, un número de contacto, el resumen de sus patrocinantes de acuerdo a planilla tipo que se anexa.
Se hace presente que, dada la naturaleza de la votación a través de medios digitales/electrónicos, en estos comicios no son aplicables las normas relativas al voto anticipado, pudiendo ejercer su sufragio, en forma remota, todos quienes se encuentren incluidos en el padrón electoral, aun cuando se encuentren haciendo uso de:
- comisión académica o de estudios, siempre que éstos no sobrepasen los cinco años.
- feriado legal.
- permisos con y sin goce de remuneraciones, siempre que éstos no sobrepasen los cinco años.
- permisos administrativo.
- licencia médica.
Asimismo, no será necesaria la designación de vocales de mesas ni la constitución de las mismas.
El día de la votación, el secretario de la Junta Electoral Local dejará constancia en la respectiva acta de la hora de inicio de la votación, la que se llevará a cabo durante ocho horas consecutivas, pudiendo declararse cerrada antes del cumplimiento de dicho tiempo si hubiesen sufragado todas las personas incluidas en el padrón electoral.
Al término de las ocho horas o habiendo sufragado todos los electores incluidos en el padrón, se dejará constancia del cierre de la votación en la referida acta.
Durante el proceso, toda información que deba transmitirse a la comunidad universitaria se comunicará a través del respectivo sitio web de la unidad académica, de los correos electrónicos oficiales de los interesados y de cualquiera otra plataforma como U-Cursos y U-Campus, que la Junta Electoral Local estime conveniente.
La Junta Electoral Local dispondrá para la recepción de las impugnaciones y reclamos que se verifiquen durante el desarrollo del proceso, el correo electrónico vicedecanato.filosofia@uchile.cl
En lo relativo a las comunicaciones que deban ser dirigidas a las Juntas Electorales Locales, tales como reclamos, impugnaciones, presentación de candidaturas, patrocinios o cualquier otra que surta efectos respecto del proceso eleccionario, éstas deberán realizarse por medio de correos electrónicos institucionales o bien, en su defecto, desde cuentas personales (en el siguiente horario de 9:30 a 16:30 horas), adjuntando copia de la cédula de identidad por ambas caras y de la firma del emisor. Dicha documentación deberá ser enviada debidamente escaneada o fotografiada, de tal manera que permita su legibilidad. La Junta Electoral Local podrá observar la legibilidad de la documentación dentro de las 24 horas, desde su recepción. Para lo cual el interesado dispone de 24 horas para subsanar dicho reparo, teniéndose por no efectuada la comunicación.
De acuerdo con lo preceptuado en el Art. 10 del Reglamento General de Elecciones, D.U. N° 004522 de 2010, tienen derecho a votar los académicos con una antigüedad de al menos SEIS MESES, contados desde el día de la convocatoria correspondiente: Decreto Exento N° 0012539.- 28 de abril de 2022
Cabe señalar, que el proceso por el cual se llevará a cabo la elección será mediante el sistema participa.uchile.cl.
Video explicativo de la Votación Electrónica Remota Universitaria: