Calendario de elecciones
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Lunes 6 de marzo 2023 |
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Miércoles 8 de marzo 2023 |
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Miércoles 15 de marzo 2023 |
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Jueves 16 de marzo 2023 |
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Lunes 13 al jueves 16 de marzo 2023 |
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Viernes 17 de marzo de 2023 |
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Lunes 20 de marzo de 2023 |
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Miércoles 22 de marzo de 2023 |
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Lunes 27 de marzo de 2023 |
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Miércoles 29 de marzo de 2023 |
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NO APLICA |
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Lunes 3 de abril de 2023 |
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Lunes 3 de abril de 2023 |
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Martes 4 de abril de 2023 |
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Jueves 6 de abril de 2023 |
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Miércoles 12 de abril de 2023 |
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Jueves 13 de abril de 2023 |
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NO APLICA |
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Miércoles 19 de abril de 2023 |
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Miércoles 19 de abril de 2023 |
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Jueves 20 de abril de 2023 |
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Lunes 24 de abril de 2023 |
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Jueves 27 de abril de 2023 |
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Viernes 28 de abril de 2023 |
ELECCIÓN DE REPRESENTANTE ACADÉMICO/A ANTE EL CONSEJO DE FACULTAD
(Se elige 1 consejero/a)
Condiciones de Elegibilidad
Los requisitos para ser candidato/a a Representante Académico/a ante el Consejo de Facultad, según lo referido en el Reglamento, son los siguientes:
-
Tener jerarquía de Profesor, con un nombramiento de al menos media jornada.
Es importante señalar que los requisitos de elegibilidad señalados requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.
Además de las condiciones de elegibilidad antes descritas, el Reglamento General de Elecciones establece que los/as candidatos/as para cargos y funciones deberán haber obtenido la más alta calificación en el último proceso correspondiente.
No obstante lo anterior, según lo dispuesto en el Art. 15 del Reglamento General de Elecciones, existen requisitos de carácter general para postular a cualquier cargo y función, los cuales son:
-
No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones, y
-
No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones y cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito.
Presentación de candidaturas:
Las candidaturas para Representante Académico/a ante el Consejo de Facultad se formalizarán ante la Junta Electoral Local mediante carta, adjuntando el patrocinio de 3 (tres) académicos/as pertenecientes al respectivo claustro elector.
En relación al número de patrocinantes, deberán manifestar su adhesión a la candidatura mediante carta dirigida a la Presidenta de la Junta Electoral Local, con copia al/a la respectivo/a candidato/a, en la que se individualice el/la postulante, el nombre completo del/de la patrocinante y la unidad académica a la que pertenece.
La nómina de patrocinantes deberá señalar bajo el encabezado, el nombre del/de la candidato/a y el acto electoral de que se trate. Dejará expresa constancia de la numeración correlativa de las personas que la suscriben, apellidos y nombres completos, requisito habilitante del/de la elector/a, y, si correspondiese, jerarquía académica, unidad académica a la que pertenece, número de la cédula nacional de identidad y firma del/de la elector/a, según documento adjunto. Un/a elector/a podrá patrocinar más de una candidatura para una misma elección.
El/La candidato/a podrá designar un/a apoderado/a general que lo/a represente ante la Junta Electoral correspondiente.
Claustro Elector:
El claustro elector estará constituido por la totalidad del cuerpo académico adscrito a la unidad, de cualquier categoría académica y jerarquía, con una antigüedad de a lo menos seis meses, quienes sufragarán según las ponderaciones señaladas a continuación.
Ponderación del voto:
La ponderación de los votos según lo dispuesto en el Art. 11 del Reglamento General de Elecciones es la siguiente:
-
Académicos que ejerzan cargos Directivos, Profesores Eméritos y aquellos con nombramiento de: 22 a 44 horas semanales: Un Voto.
-
Académicos con nombramiento de 7 a 21 horas semanales: Medio Voto.
-
Académicos con nombramiento igual o inferior a 6 horas: Un Octavo de Voto.
El/La representante académico/a ante el Consejo de Facultad durará dos años, pudiendo optar a otro período consecutivo.
ELECCIÓN REPRESENTANTE ACADÉMICO/A ANTE LOS CONSEJOS DE LAS ESCUELAS DE PREGRADO Y DE POSTGRADO
(Se elige 1 representante: 1 para los programas de Licenciatura)
(Se eligen 2 representantes: 1 para el programa de Magíster, 1 para el programa de Doctorado)
Condiciones de Elegibilidad:
Los requisitos para ser candidato/a a Representante Académico/a ante los Consejos de las escuelas, según lo referido en los reglamentos General de Facultades y General de Elecciones, son los siguientes:
-
Tener jerarquía de Profesor, con un nombramiento de al menos media jornada.
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Formar parte del claustro de alguno de los programas adscrito a la respetiva Escuela, según su postulación a la elección correspondiente.
Es importante señalar que los requisitos de elegibilidad señalados requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.
Además de las condiciones de elegibilidad antes descritas, el Reglamento General de Elecciones establece que los/as candidatos/as para cargos y funciones deberán haber obtenido la más alta calificación en el último proceso correspondiente.
No obstante lo anterior, según lo dispuesto en el Art. 15 del Reglamento General de Elecciones, existen requisitos de carácter general para postular a cualquier cargo y función, los cuales son:
-
No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones, y
-
No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones y cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito.
Presentación de candidaturas:
Las candidaturas para Representante Académico/a ante los Consejos de Escuela, se formalizará ante la Junta Electoral Local mediante carta, adjuntando el patrocinio de 3 (tres) académicos/as pertenecientes al respectivo claustro elector.
En relación al número de patrocinantes, deberán manifestar su adhesión a la candidatura mediante carta, dirigido a la Presidenta de la Junta Electoral Local, con copia al/a la respectivo/a candidato/a, en la que se individualice el/la postulante, el nombre completo del/de la patrocinante y la unidad académica a la que pertenece.
La nómina de patrocinantes deberá señalar bajo el encabezado, el nombre del/de la candidato/a y el acto electoral de que se trate. Dejará expresa constancia de la numeración correlativa de las personas que la suscriben, apellidos y nombres completos, requisito habilitante del/de la elector/a, y, si correspondiese, jerarquía académica, unidad académica a la que pertenece, número de la cédula nacional de identidad y firma del/de la elector/a, según documento adjunto. Un/a elector/a podrá patrocinar más de una candidatura para una misma elección.
El/La candidato/a podrá designar un/a apoderado/a general que lo/a represente ante la Junta Electoral correspondiente.
Claustros electorales.
Los claustros electorales estarán integrados por todos/as los/as académicos/as con nombramiento, de cualquier categoría y jerarquía, que realicen docencia en los programas que se dictan en la Facultad de Filosofía y Humanidades y que estén adscritos/as en ella; se establecerán claustros electorales específicos para los programas de licenciatura y los programas profesionales, en el Pregrado, y para los programas de magíster y los programas de doctorado en el Postgrado.
Ponderación del voto:
La ponderación de los votos según lo dispuesto en el Art. 11 del Reglamento General de Elecciones es la siguiente:
-
Académicos que ejerzan cargos Directivos, Profesores Eméritos y aquellos con nombramiento de: 22 a 44 horas semanales: Un Voto.
-
Académicos con nombramiento de 7 a 21 horas semanales: Medio Voto.
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Académicos con nombramiento igual o inferior a 6 horas: Un Octavo de Voto.
El/La representante académico/a ante los consejos de escuelas de Pre y Postgrado durará dos años, pudiendo optar a otro período consecutivo.
ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE EL CONSEJO DE LA ESCUELA DE POSTGRADO
(se eligen 2 representantes de los programas de doctorado)
Condiciones de Elegibilidad:
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Ser estudiante regular de alguno de los programas de doctorado adscritos en la Escuela de Postgrado al momento de la convocatoria.
Es importante señalar que los requisitos de elegibilidad señalados requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.
Presentación de Candidaturas:
Se efectuará en la Junta Electoral Local, acompañando el patrocinio de 5 (cinco) estudiantes que pertenezcan al claustro elector.
La candidatura para Representantes Estudiantiles ante el Consejo de la Escuela de Postgrado se formalizará ante la Junta Electoral Local mediante carta, adjuntando el patrocinio de cinco (5) estudiantes pertenecientes al respectivo claustro elector.
En relación al número de patrocinantes, deberán manifestar su adhesión a la candidatura mediante carta, dirigido a la Presidenta de la Junta Electoral Local, con copia al/a la respectivo/a candidato/a, en el que se individualice al/a la postulante, el nombre completo del/de la patrocinante y al programa de doctorado en el que está matriculado/a.
La nómina de patrocinantes deberá señalar bajo el encabezado, el nombre del/de la candidato/a y el acto electoral de que se trate. Dejará expresa constancia de la numeración correlativa de las personas que la suscriben, apellidos y nombres completos, requisito habilitante del/de la elector/a, y, si correspondiese, el programa de doctorado en el que está matriculado/a, número de la cédula nacional de identidad y firma del/de la elector/a, según documento adjunto. Un/a elector/a podrá patrocinar más de una candidatura para una misma elección.
El/La candidato/a podrá designar un/a apoderado/a general que lo/a represente ante la Junta Electoral correspondiente.
Claustro Elector:
El claustro estará compuesto por todos/as los/as estudiantes con matrícula vigente en los programas de doctorado de la Escuela de Postgrado.
Ponderación del voto:
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Voto igualitario (voto entero).
Los representantes estudiantiles ante los consejos de las escuelas durarán un año, pudiendo optar a otro período consecutivo.
DE LAS ELECCIONES
En el plazo señalado en la convocatoria, la Junta Electoral Local procederá a confeccionar y publicar el claustro elector correspondiente.
Dentro de los siete días siguientes a su publicación, cualquier miembro del claustro podrá presentar ante la Junta Electoral Local reclamos por errores de hecho en la confección de la nómina, destinándose el horario de 9:30 a 16:00 horas para la recepción de las referidas impugnaciones.
Las Juntas Electorales Locales, a su vez, remitirán los referidos reclamos, a la brevedad, a la Junta Electoral Central.
Luego de resueltos los reclamos, la Junta Electoral respectiva publicará la nómina definitiva del claustro elector, a través de los referidos medios digitales dispuestos para tales efectos.
Es importante señalar que las condiciones o requisitos de elegibilidad señalados precedentemente requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.
En lo relativo a inscripción de candidaturas, los/as candidatos/as deberán presentar sus postulaciones presencialmente dentro del plazo establecido en la convocatoria; esto es, entre el lunes 13 y el jueves 16 de marzo de 2023, mediante comunicación dirigida a la Presidenta de la Junta Electoral Local, bajo el Asunto: PRESENTACIÓN DE CANDIDATURA + Nombre completo, y en cuyo cuerpo se manifieste su voluntad de ser candidato a determinado cargo, señalando nombre completo, cédula de identidad, jerarquía académica y la unidad a la que pertenece, un número de contacto, el resumen de sus patrocinantes de acuerdo a planilla tipo que se anexa.
Se hace presente que, dada la naturaleza de la votación a través de medios digitales/electrónicos, en estos comicios no son aplicables las normas relativas al voto anticipado, pudiendo ejercer su sufragio, en forma remota, todos quienes se encuentren incluidos en el padrón electoral, aun cuando se encuentren haciendo uso de:
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Comisión académica o de estudios, siempre que éstos no sobrepasen los cinco años.
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Feriado legal,
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Permisos con y sin goce de remuneraciones, siempre que éstos no sobrepasen los cinco años.
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Permisos administrativo
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Licencia médica.
Asimismo, no será necesaria la designación de vocales de mesas ni la constitución de las mismas.
El día de la votación, la Secretaria de la Junta Electoral Local dejará constancia en la respectiva acta de la hora de inicio de la votación, la que se llevará a cabo durante ocho horas consecutivas, pudiendo declararse cerrada antes del cumplimiento de dicho tiempo si hubiesen sufragado todas las personas incluidas en el padrón electoral.
Al término de las ocho horas, o habiendo sufragado todos/as los/as electores/as incluidos/as en el padrón, se dejará constancia del cierre de la votación en la referida acta.
Durante el proceso, toda información que deba transmitirse a la comunidad universitaria se comunicará a través del respectivo sitio web de la unidad académica, de los correos electrónicos oficiales de los interesados y por la plataforma ParticipaUChile.
En lo relativo a las comunicaciones que deban ser dirigidas a las Juntas Electorales Locales, tales como reclamos, impugnaciones, presentación de candidaturas, patrocinios o cualquier otra que surta efectos respecto del proceso eleccionario, éstas deberán realizarse presencialmente (en el siguiente horario de 9:30 a 16:00 horas.
La Junta Electoral Local podrá observar la documentación dentro de las 24 horas, desde su recepción. Para lo cual el interesado dispone de 24 horas para subsanar dicho reparo, teniéndose por no efectuada la comunicación.
De acuerdo con lo señalado en el Art. 10 del Reglamento General de Elecciones, tienen derecho a votar los/as académicos/as con una antigüedad de, a lo al menos, SEIS MESES, contados desde el día de la convocatoria correspondiente.
En las referidas elecciones, se elegirán: 1 Representante Académico/a ante el Consejo de Facultad, 1 Representante Académico/a para el Consejo de la Escuela de Pregrado (1 para programas de licenciaturas), 2 Representantes Académicos/as para el Consejo de la Escuela de Postgrado (1 para el programa de magíster, 1 para el programa de doctorado) y 2 Representantes Estudiantiles ante la Escuela de Postgrado para el programa de doctorado.
Todas las elecciones se llevarán a cabo mediante la plataforma participa.uchile.cl.
Claustros electores
- CLAUSTRO ELECTORAL GENERAL
- CLAUSTRO ELECTORAL REPRESENTANTE ACADÉMICO PREGRADO
- CLAUSTRO ELECTORAL REPRESENTANTE ACADÉMICO MAGÍSTER
- CLAUSTRO ELECTORAL REPRESENTANTE ACADÉMICO DOCTORADO
- CLAUSTRO ESTUDIANTES DE DOCTORADO