Nómina del claustro elector
- Claustro Electoral General
- Claustro Electoral Departamento de Ciencias Históricas
- Claustro Electoral Departamento de Estudios Pedagógicos
- Claustro Electoral Departamento de Filosofía
- Claustro Electoral Departamento de Lingüística
- Claustro Electoral Departamento de Literatura
- Claustro Electoral Académico Doctorados
- Claustro Electoral Académico Magíster
- Claustro Electoral Académico Pregrado Carreras Profesionales
- Claustro Electoral Académico Pregrado Licenciaturas
- Claustro Electoral Estudiantil de Doctorado
Calendario
a) Fecha de publicación de la nómina del claustro elector |
Miércoles 2 de noviembre 2022 |
b) Plazo máximo para presentar reclamos por errores de hecho en la confección de la nómina del claustro ante la Junta Electoral Central |
Viernes 11 de noviembre 2022 |
c) Plazo máximo de resolución de los reclamos por parte de la Junta Electoral Central |
Jueves 17 de noviembre 2022 |
d) Publicación de la nómina definitiva del claustro elector |
Viernes 18 de noviembre 2022 |
e) Plazo de presentación de candidaturas ante la Junta Electoral Local |
Lunes 21 al viernes 25 de noviembre 2022 |
f) Pronunciamiento provisional de candidaturas por parte de la Junta electoral Local |
Lunes 28 de noviembre 2022 |
g) Publicación de la nómina provisional de candidatos/as y notificación a los/las interesados/as |
Martes 29 de noviembre 2022 |
h) Plazo máximo para presentar ante la Junta Electoral impugnación al pronunciamiento provisional de candidatos/as |
Jueves 1 de diciembre 2022 |
i) Plazo máximo de resolución por parte de la Junta Electoral Central de las impugnaciones |
Miércoles 7 de diciembre 2022 |
j) Publicación nómina definitiva de candidatos/as |
Lunes 12 de diciembre |
k) Período voto anticipado |
NO APLICA |
l) Primera vuelta |
Miércoles 14 de diciembre 2022 |
m) Escrutinio |
Miércoles 14 de diciembre 2022 |
n) Publicación resultado provisorio de la elección |
Jueves 15 de diciembre 2022 |
o) Plazo máximo para presentar reclamos u objeciones al desarrollo del proceso y a la realización del escrutinio |
Lunes 19 de diciembre 2022 |
p) Plazo máximo de resolución de reclamos por parte de la Junta electoral Central |
Jueves 22 de diciembre 2022 |
q) Plazo máximo de publicación del resultado definitivo de la elección y de proclamación de candidatos/as electos/as y en caso de corresponder eventual llamado a segunda vuelta |
Viernes 23 de diciembre 2022 |
r) Eventual período de voto anticipado para segunda vuelta |
NO APLICA |
s) Eventual segunda vuelta |
Miércoles 28 de diciembre 2022 |
t) Eventual escrutinio de la segunda vuelta |
Miércoles 28 de diciembre 2022 |
u) Eventual publicación del resultado provisorio de la segunda vuelta |
Jueves 29 de diciembre 2022 |
v) Eventual plazo máximo para presentar reclamos u objeciones al desarrollo del proceso y a la realización de escrutinio de segunda vuelta |
Martes 3 de enero 2023 |
w) Eventual resolución de reclamos de la Junta Electoral Central (plazo máximo) |
Viernes 6 de enero 2023 |
x) Eventual publicación del resultado definitiva de la segunda vuelta y proclamación de candidatos/as electos/as. |
Lunes 9 de enero 2023 |
ELECCIÓN DIRECTORES DE DEPARTAMENTO:
Condiciones de Elegibilidad:
Los requisitos para ser candidato/a a Director/a de Departamento, según lo referido en el Reglamento, son los siguientes:
- Ser un/a académico/a perteneciente a una de las dos más altas jerarquías.
- Para cumplir su función deberá contar con una jornada contratada no inferior a 22 horas
Es importante señalar que los requisitos de elegibilidad señalados requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.
Además de las condiciones de elegibilidad antes descritas, el Reglamento General de Elecciones establece que los/as candidatos/as para cargos y funciones deberán haber obtenido la más alta calificación en el último proceso correspondiente.
No obstante lo anterior, según lo dispuesto en el Art. 15 del Reglamento General de Elecciones, existen requisitos de carácter general para postular a cualquier cargo y función, los cuales son:
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones, y
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones y cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito.
Presentación de candidaturas:
La candidatura para Director/a de Departamento se formalizará ante la Junta Electoral Local, adjuntando el patrocinio de 2 (dos) académicos/as pertenecientes al respectivo claustro elector.
En relación al número de patrocinantes, deberán manifestar su adhesión a la candidatura mediante correo electrónico institucional, dirigido a la Presidenta de la Junta Electoral Local, con copia al/a la respectivo/a candidato/a, en el que se individualice al/a la postulante, el nombre completo del/de la patrocinante y la unidad académica a la que pertenece. En caso ser un correo electrónico de una cuenta personal no institucional, debe adjuntar copia de la cédula de identidad por ambas caras y una imagen legible de la firma.
La nómina de patrocinantes deberá señalar bajo el encabezado, el nombre del/de la candidato/a y el acto electoral de que se trate. Dejará expresa constancia de la numeración correlativa de las personas que la suscriben, apellidos y nombres completos, requisito habilitante del/de la elector/a, y, si correspondiese, jerarquía académica, unidad académica a la que pertenece, número de la cédula nacional de identidad y firma del/de la elector/a, según documento adjunto. Un/a elector/a podrá patrocinar más de una candidatura para una misma elección.
El/La candidato/a podrá designar un/a apoderado/a general que lo/a represente ante la Junta Electoral correspondiente.
Claustro Elector:
El claustro elector estará constituido por la totalidad del cuerpo académico adscrito a la unidad, de cualquier categoría académica y jerarquía, quienes sufragarán según las ponderaciones señaladas a continuación:
Ponderación del voto:
La ponderación de los votos según lo dispuesto en el Art. 11 del Reglamento General de Elecciones es la siguiente:
- Académicos que ejerzan cargos Directivos, Profesores Eméritos y aquellos con nombramiento de: 22 a 44 horas semanales: Un Voto.
- Académicos con nombramiento de 7 a 21 horas semanales: Medio Voto.
- Académicos con nombramiento igual o inferior a 6 horas: Un Octavo de Voto. El/La Director/a durará dos años, pudiendo optar a otro período consecutivo.
ELECCIÓN DE REPRESENTANTE ACADÉMICO/A ANTE EL CONSEJO DE FACULTAD:
(Se eligen 5 consejeros/as)
Condiciones de Elegibilidad:
Los requisitos para ser candidato/a a Representante Académico/a ante el Consejo de Facultad, según lo referido en el Reglamento, son los siguientes:
- Tener jerarquía de Profesor, con un nombramiento de al menos media jornada.
Es importante señalar que los requisitos de elegibilidad señalados requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.
Además de las condiciones de elegibilidad antes descritas, el Reglamento General de Elecciones establece que los/as candidatos/as para cargos y funciones deberán haber obtenido la más alta calificación en el último proceso correspondiente.
No obstante lo anterior, según lo dispuesto en el Art. 15 del Reglamento General de Elecciones, existen requisitos de carácter general para postular a cualquier cargo y función, los cuales son:
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones, y
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones y cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito.
Presentación de candidaturas:
La candidatura para Representantes Académicos/as ante el Consejo de Facultad se formalizará ante la Junta Electoral Local, adjuntando el patrocinio de 3 (tres) académicos/as pertenecientes al respectivo claustro elector.
En relación al número de patrocinantes, deberán manifestar su adhesión a la candidatura mediante correo electrónico institucional, dirigido a la Presidenta de la Junta Electoral Local, con copia al/a la respectivo/a candidato/a, en el que se individualice al/a la postulante, el nombre completo del/de la patrocinante y la unidad académica a la que pertenece. En caso ser un correo electrónico de una cuenta personal no institucional, debe adjuntar copia de la cédula de identidad por ambas caras y una imagen legible de la firma.
La nómina de patrocinantes deberá señalar bajo el encabezado, el nombre del/de la candidato/a y el acto electoral de que se trate. Dejará expresa constancia de la numeración correlativa de las personas que la suscriben, apellidos y nombres completos, requisito habilitante del/de la elector/a, y, si correspondiese, jerarquía académica, unidad académica a la que pertenece, número de la cédula nacional de identidad y firma del/de la elector/a, según documento adjunto. Un/a elector/a podrá patrocinar más de una candidatura para una misma elección.
El/La candidato/a podrá designar un/a apoderado/a general que lo/a represente ante la Junta Electoral correspondiente.
Claustro Elector:
El claustro elector estará constituido por la totalidad del cuerpo académico adscrito a la unidad, de cualquier categoría académica y jerarquía, quienes sufragarán según las ponderaciones señaladas a continuación.
Ponderación del voto:
La ponderación de los votos según lo dispuesto en el Art. 11 del Reglamento General de Elecciones es la siguiente:
- Académicos que ejerzan cargos Directivos, Profesores Eméritos y aquellos con nombramiento de: 22 a 44 horas semanales: Un Voto.
- Académicos con nombramiento de 7 a 21 horas semanales: Medio Voto.
- Académicos con nombramiento igual o inferior a 6 horas: Un Octavo de Voto.
El/La representante académico/a ante el Consejo de Facultad durará dos años, pudiendo optar a otro período consecutivo.
REPRESENTANTES ACADÉMICOS ANTE LOS CONSEJOS DE DEPARTAMENTOS
(Se eligen 2 consejeros/as en cada Departamento)
Condiciones de Elegibilidad:
Los requisitos para ser candidato/a a Representante Académico/a ante el Consejo de Departamento, según lo referido en el Reglamento, son los siguientes:
- Tener jerarquía de Profesor, con un nombramiento de al menos media jornada.
Es importante señalar que los requisitos de elegibilidad señalados requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.
Además de las condiciones de elegibilidad antes descritas, el Reglamento General de Elecciones establece que los/as candidatos/as para cargos y funciones deberán haber obtenido la más alta calificación en el último proceso correspondiente.
No obstante lo anterior, según lo dispuesto en el Art. 15 del Reglamento General de Elecciones, existen requisitos de carácter general para postular a cualquier cargo y función, los cuales son:
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones, y
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones y cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito.
Presentación de candidaturas:
La candidatura para Representantes Académicos/as ante el Consejo del Departamento se formalizará ante la Junta Electoral Local, si necesidad de contar con patrocinio alguno.
Claustro Elector:
El claustro elector estará constituido por la totalidad del cuerpo académico adscrito a la unidad, de cualquier categoría académica y jerarquía, quienes sufragarán según las ponderaciones señaladas a continuación:
Ponderación del voto:
La ponderación de los votos según lo dispuesto en el Art. 11 del Reglamento General de Elecciones es la siguiente:
- Académicos que ejerzan cargos Directivos, Profesores Eméritos y aquellos con nombramiento de: 22 a 44 horas semanales: Un Voto.
- Académicos con nombramiento de 7 a 21 horas semanales: Medio Voto.
- Académicos con nombramiento igual o inferior a 6 horas: Un Octavo de Voto.
El/La representante académico/a ante el Consejo de Departamento durará dos años, pudiendo optar a otro período consecutivo.
ELECCIÓN REPRESENTANTE ACADÉMICO/A ANTE LOS CONSEJOS DE LAS ESCUELAS DE PREGRADO Y DE POSTGRADO:
(Se eligen 2 representantes: 1 para los programas de Licenciatura, 1 para las carreras profesionales) (Se eligen 2 representantes: 1 para el programa de Magíster, 1 para el programa de Doctorado)
Condiciones de Elegibilidad:
Los requisitos para ser candidato/a a Representante Académico/a ante los Consejos de las escuelas, según lo referido en los reglamentos General de Facultades y General de Elecciones, son los siguientes:
- Tener jerarquía de Profesor, con un nombramiento de al menos media jornada.
- Formar parte del claustro de alguno de los programas adscrito a la respetiva Escuela, según su postulación a la elección correspondiente.
Es importante señalar que los requisitos de elegibilidad señalados requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.
Además de las condiciones de elegibilidad antes descritas, el Reglamento General de Elecciones establece que los/as candidatos/as para cargos y funciones deberán haber obtenido la más alta calificación en el último proceso correspondiente.
No obstante lo anterior, según lo dispuesto en el Art. 15 del Reglamento General de Elecciones, existen requisitos de carácter general para postular a cualquier cargo y función, los cuales son:
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones, y
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones y cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito.
Presentación de candidaturas:
La candidatura de los/as Representantes Académicos/as ante los Consejos de Escuela, se formalizará ante la Junta Electoral Local, adjuntando el patrocinio de 3 (tres) académicos/as pertenecientes al respectivo claustro elector.
En relación al número de patrocinantes, deberán manifestar su adhesión a la candidatura mediante correo electrónico institucional, dirigido a la Presidenta de la Junta Electoral Local, con copia al/a la respectivo/a candidato/a, en el que se individualice al/a la postulante, el nombre completo del/de la patrocinante y la unidad académica a la que pertenece. En caso ser un correo electrónico de una cuenta personal no institucional, debe adjuntar copia de la cédula de identidad por ambas caras y una imagen legible de la firma.
La nómina de patrocinantes deberá señalar bajo el encabezado, el nombre del/de la candidato/a y el acto electoral de que se trate. Dejará expresa constancia de la numeración correlativa de las personas que la suscriben, apellidos y nombres completos, requisito habilitante del/de la elector/a, y, si correspondiese, jerarquía académica, unidad académica a la que pertenece, número de la cédula nacional de identidad y firma del/de la elector/a, según documento adjunto. Un/a elector/a podrá patrocinar más de una candidatura para una misma elección.
El/La candidato/a podrá designar un/a apoderado/a general que lo/a represente ante la Junta Electoral correspondiente.
Claustro elector para representantes académicos/as ante el Consejo de Escuela de Pregrado.
Los claustros electores estarán integrados, por una parte, por todos los/as académicos/as con nombramiento, de cualquier categoría y jerarquía que realicen docencia en los programas de licenciatura, y que estén adscritos/as en la Facultad de Filosofía y Humanidades; y, por otra parte, por los/as académicos/as con las mismas características, que realicen docencia en las carreras profesionales, y que estén adscritos/as en la Facultad de Filosofía y Humanidades;
Claustro elector para representantes académicos/as ante el Consejo de Escuela de Postgrado.
Los claustros electores estarán integrados, por una parte, por todos los/as académicos/as con nombramiento, de cualquier categoría y jerarquía que realicen docencia en los programas de magíster, y que estén adscritos/as en la Facultad de Filosofía y Humanidades; y, por otra parte, por los/as académicos/as con las mismas características, que realicen docencia en los programas de doctorado, y que estén adscritos/as en la Facultad de Filosofía y Humanidades;
Ponderación del voto:
La ponderación de los votos según lo dispuesto en el Art. 11 del Reglamento General de Elecciones es la siguiente:
- Académicos que ejerzan cargos Directivos, Profesores Eméritos y aquellos con nombramiento de: 22 a 44 horas semanales: Un Voto.
- Académicos con nombramiento de 7 a 21 horas semanales: Medio Voto.
- Académicos con nombramiento igual o inferior a 6 horas: Un Octavo de Voto.
El/La representante académico/a ante los consejos de escuelas de Pre y Postgrado durará dos años, pudiendo optar a otro período consecutivo.
ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE EL CONSEJO DE LA ESCUELA DE POSTGRADO
(se eligen dos representantes de los programas de doctorado)
Condiciones de Elegibilidad:
- Ser estudiante regular de alguno de los programas de doctorado adscritos en la Escuela de Postgrado al momento de la convocatoria.
Es importante señalar que los requisitos de elegibilidad señalados requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.
Presentación de Candidaturas:
Se efectuará en la Junta Electoral Local, acompañando el patrocinio de cinco (5) estudiantes que pertenezcan al claustro elector.
La candidatura para Representantes Estudiantiles ante el Consejo de la Escuela de Postgrado se formalizará ante la Junta Electoral Local, adjuntando el patrocinio de cinco (5) estudiantes pertenecientes al respectivo claustro elector.
En relación al número de patrocinantes, deberán manifestar su adhesión a la candidatura mediante correo electrónico institucional, dirigido a la Presidenta de la Junta Electoral Local, con copia al/a la respectivo/a candidato/a, en el que se individualice al/a la postulante, el nombre completo del/de la patrocinante y al programa de doctorado en el que está matriculado/a. En caso ser un correo electrónico de una cuenta personal no institucional, debe adjuntar copia de la cédula de identidad por ambas caras y una imagen legible de la firma.
La nómina de patrocinantes deberá señalar bajo el encabezado, el nombre del/de la candidato/a y el acto electoral de que se trate. Dejará expresa constancia de la numeración correlativa de las personas que la suscriben, apellidos y nombres completos, requisito habilitante del/de la elector/a, y, si correspondiese, el programa de doctorado en el que está matriculado/a, número de la cédula nacional de identidad y firma del/de la elector/a, según documento adjunto. Un/a elector/a podrá patrocinar más de una candidatura para una misma elección.
El/La candidato/a podrá designar un/a apoderado/a general que lo/a represente ante la Junta Electoral correspondiente.
Claustro Elector:
El claustro estará compuesto por todos/as los/as estudiantes con matrícula vigente en los programas de doctorado de la Escuela de Postgrado.
Ponderación del voto:
- Voto igualitario (voto entero).
Los representantes estudiantiles ante los consejos de las escuelas durarán un año, pudiendo optar a otro período consecutivo.
DE LAS ELECCIONES
En el plazo señalado en la convocatoria, la Junta Electoral Local procederá a confeccionar y publicar el claustro elector correspondiente.
Dentro de los siete días siguientes a su publicación, cualquier miembro del claustro podrá presentar ante la Junta Electoral Local reclamos por errores de hecho en la confección de la nómina, destinándose el horario de 9:30 a 16:30 horas para la recepción de las referidas impugnaciones.
Las Juntas Electorales Locales, a su vez, remitirán los referidos reclamos, a la brevedad, a la Junta Electoral Central.
Luego de resueltos los reclamos, la Junta Electoral respectiva publicará la nómina definitiva del claustro elector, a través de los referidos medios digitales dispuestos para tales efectos.
Es importante señalar que las condiciones o requisitos de elegibilidad señalados precedentemente requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.
En lo relativo a inscripción de candidaturas, los/as candidatos/as deberán presentar sus postulaciones dentro del plazo establecido en la convocatoria; esto es, entre el lunes 21 y el viernes 25 de noviembre de 2022, mediante comunicación dirigida por correo institucional, a la Presidenta de la Junta Electoral Local, al correo electrónico vicedecanato.filosofia@uchile.cl, bajo el Asunto: PRESENTACIÓN DE CANDIDATURA + Nombre completo, y en cuyo cuerpo se manifieste su voluntad de ser candidato a determinado cargo, señalando nombre completo, cédula de identidad y la unidad a la que pertenece, un número de contacto, el resumen de sus patrocinantes de acuerdo a planilla tipo que se anexa.
Se hace presente que, dada la naturaleza de la votación a través de medios digitales/electrónicos, en estos comicios no son aplicables las normas relativas al voto anticipado, pudiendo ejercer su sufragio, en forma remota, todos quienes se encuentren incluidos en el padrón electoral, aun cuando se encuentren haciendo uso de:
- Comisión académica o de estudios, siempre que éstos no sobrepasen los cinco años. ∙ Feriado legal,
- Permisos con y sin goce de remuneraciones, siempre que éstos no sobrepasen los cinco años. ∙ Permisos administrativo
- Licencia médica.
Asimismo, no será necesaria la designación de vocales de mesas ni la constitución de las mismas.
El día de la votación, la Secretaria de la Junta Electoral Local dejará constancia en la respectiva acta de la hora de inicio de la votación, la que se llevará a cabo durante ocho horas consecutivas, pudiendo declararse cerrada antes del cumplimiento de dicho tiempo si hubiesen sufragado todas las personas incluidas en el padrón electoral.
Al término de las ocho horas, o habiendo sufragado todos/as los/as electores/as incluidos/as en el padrón, se dejará constancia del cierre de la votación en la referida acta.
Durante el proceso, toda información que deba transmitirse a la comunidad universitaria se comunicará a través del respectivo sitio web de la unidad académica, de los correos electrónicos oficiales de los interesados y por la plataforma ParticipaUChile.
La Junta Electoral Local dispondrá para la recepción de las impugnaciones y reclamos que se verifiquen durante el desarrollo del proceso, el correo electrónico: vicedecanato.filosofia@uchile.cl
En lo relativo a las comunicaciones que deban ser dirigidas a las Juntas Electorales Locales, tales como reclamos, impugnaciones, presentación de candidaturas, patrocinios o cualquier otra que surta efectos respecto del proceso eleccionario, éstas deberán realizarse por medio de correos electrónicos institucionales o bien, en su defecto, desde cuentas personales (en el siguiente horario de 9:30 a 16:30 horas), adjuntando copia de la cédula de identidad por ambas caras y de la firma del emisor. Dicha documentación deberá ser enviada debidamente escaneada o fotografiada, de tal manera que permita su legibilidad. La Junta Electoral Local podrá observar la legibilidad de la documentación dentro de las 24 horas, desde su recepción. Para lo cual el interesado dispone de 24 horas para subsanar dicho reparo, teniéndose por no efectuada la comunicación.
De acuerdo con lo señalado en el Art. 10 del Reglamento General de Elecciones, tienen derecho a votar los/as académicos/as con una antigüedad de, a lo al menos, SEIS MESES, contados desde el día de la convocatoria correspondiente.
En las referidas elecciones, se elegirán 5 Directores/as de Departamento, 5 Representantes Académicos/as ante el Consejo de Facultad, 2 Representantes Académicos/as ante cada Consejo de Departamento, 2 Representantes Académicos/as para el Consejo de la Escuela de Pregrado (1 para programas de licenciaturas y 1 para carreras profesionales), 2 Representantes Académicos/as para el Consejo de la Escuela de Postgrado (1 para el programa de magíster, 1 para el programa de doctorado) y 2 Representantes Estudiantiles ante la Escuela de Postgrado para el programa de doctorado.
Todas las elecciones se llevarán a cabo mediante la plataforma participa.uchile.cl.