Período 2023-2025:

Calendario de elecciones

Calendario de elecciones
Calendario de elecciones

Nómina del claustro elector 

Calendario

a) Fecha de publicación de la nómina del claustro elector 

Miércoles 2 de noviembre 2022

b) Plazo máximo para presentar reclamos por errores de  hecho en la confección de la nómina del claustro ante la  Junta Electoral Central

Viernes 11 de noviembre 2022

c) Plazo máximo de resolución de los reclamos por parte de la  Junta Electoral Central

Jueves 17 de noviembre 2022

d) Publicación de la nómina definitiva del claustro elector 

Viernes 18 de noviembre 2022

e) Plazo de presentación de candidaturas ante la Junta  Electoral Local

Lunes 21 al viernes 25 de  noviembre 2022

f) Pronunciamiento provisional de candidaturas por parte de  la Junta electoral Local

Lunes 28 de noviembre 2022

g) Publicación de la nómina provisional de candidatos/as y  notificación a los/las interesados/as

Martes 29 de noviembre 2022

h) Plazo máximo para presentar ante la Junta Electoral  impugnación al pronunciamiento provisional de  candidatos/as

Jueves 1 de diciembre 2022

i) Plazo máximo de resolución por parte de la Junta Electoral  Central de las impugnaciones

Miércoles 7 de diciembre 2022

j) Publicación nómina definitiva de candidatos/as 

Lunes 12 de diciembre

k) Período voto anticipado 

NO APLICA

l) Primera vuelta 

Miércoles 14 de diciembre 2022

m) Escrutinio 

Miércoles 14 de diciembre 2022

n) Publicación resultado provisorio de la elección 

Jueves 15 de diciembre 2022

o) Plazo máximo para presentar reclamos u objeciones al  desarrollo del proceso y a la realización del escrutinio

Lunes 19 de diciembre 2022

p) Plazo máximo de resolución de reclamos por parte de la Junta electoral Central

Jueves 22 de diciembre 2022

q) Plazo máximo de publicación del resultado definitivo de la  elección y de proclamación de candidatos/as electos/as y en  caso de corresponder eventual llamado a segunda vuelta

Viernes 23 de diciembre 2022

r) Eventual período de voto anticipado para segunda vuelta 

NO APLICA

s) Eventual segunda vuelta 

Miércoles 28 de diciembre 2022

t) Eventual escrutinio de la segunda vuelta 

Miércoles 28 de diciembre 2022

u) Eventual publicación del resultado provisorio de la segunda vuelta

Jueves 29 de diciembre 2022

v) Eventual plazo máximo para presentar reclamos u  objeciones al desarrollo del proceso y a la realización de  escrutinio de segunda vuelta

Martes 3 de enero 2023

w) Eventual resolución de reclamos de la Junta Electoral  Central (plazo máximo)

Viernes 6 de enero 2023

x) Eventual publicación del resultado definitiva de la segunda  vuelta y proclamación de candidatos/as electos/as.

Lunes 9 de enero 2023

 

ELECCIÓN DIRECTORES DE DEPARTAMENTO:

Condiciones de Elegibilidad:  

Los requisitos para ser candidato/a a Director/a de Departamento, según lo referido en el Reglamento,  son los siguientes: 

  • Ser un/a académico/a perteneciente a una de las dos más altas jerarquías.  
  • Para cumplir su función deberá contar con una jornada contratada no inferior a 22 horas 

Es importante señalar que los requisitos de elegibilidad señalados requieren estar cumplidos al  momento de la inscripción de la respectiva candidatura.  

Además de las condiciones de elegibilidad antes descritas, el Reglamento General de Elecciones establece  que los/as candidatos/as para cargos y funciones deberán haber obtenido la más alta calificación en el  último proceso correspondiente.  

No obstante lo anterior, según lo dispuesto en el Art. 15 del Reglamento General de Elecciones, existen  requisitos de carácter general para postular a cualquier cargo y función, los cuales son:  

  • No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación  deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la  fecha de expiración de funciones, y  
  • No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones y cargos públicos, ni hallarse condenado  por crimen o simple delito.  

Presentación de candidaturas:  

La candidatura para Director/a de Departamento se formalizará ante la Junta Electoral Local, adjuntando  el patrocinio de 2 (dos) académicos/as pertenecientes al respectivo claustro elector.  

En relación al número de patrocinantes, deberán manifestar su adhesión a la candidatura mediante  correo electrónico institucional, dirigido a la Presidenta de la Junta Electoral Local, con copia al/a la respectivo/a candidato/a, en el que se individualice al/a la postulante, el nombre completo del/de la patrocinante y la unidad académica a la que pertenece. En caso ser un correo electrónico de una cuenta  personal no institucional, debe adjuntar copia de la cédula de identidad por ambas caras y una imagen  legible de la firma. 

La nómina de patrocinantes deberá señalar bajo el encabezado, el nombre del/de la candidato/a y el acto  electoral de que se trate. Dejará expresa constancia de la numeración correlativa de las personas que la  suscriben, apellidos y nombres completos, requisito habilitante del/de la elector/a, y, si correspondiese,  jerarquía académica, unidad académica a la que pertenece, número de la cédula nacional de identidad y  firma del/de la elector/a, según documento adjunto. Un/a elector/a podrá patrocinar más de una  candidatura para una misma elección.  

El/La candidato/a podrá designar un/a apoderado/a general que lo/a represente ante la Junta Electoral  correspondiente.  

Claustro Elector:  

El claustro elector estará constituido por la totalidad del cuerpo académico adscrito a la unidad, de cualquier categoría académica y jerarquía, quienes sufragarán según las ponderaciones señaladas a  continuación:  

Ponderación del voto:  

La ponderación de los votos según lo dispuesto en el Art. 11 del Reglamento General de Elecciones es la  siguiente:  

  • Académicos que ejerzan cargos Directivos, Profesores Eméritos y aquellos con nombramiento  de: 22 a 44 horas semanales: Un Voto.  
  • Académicos con nombramiento de 7 a 21 horas semanales: Medio Voto.  
  • Académicos con nombramiento igual o inferior a 6 horas: Un Octavo de Voto.  El/La Director/a durará dos años, pudiendo optar a otro período consecutivo. 

ELECCIÓN DE REPRESENTANTE ACADÉMICO/A ANTE EL CONSEJO DE FACULTAD: 

(Se eligen 5 consejeros/as) 

Condiciones de Elegibilidad:  

Los requisitos para ser candidato/a a Representante Académico/a ante el Consejo de Facultad, según lo  referido en el Reglamento, son los siguientes:  

  • Tener jerarquía de Profesor, con un nombramiento de al menos media jornada.  

Es importante señalar que los requisitos de elegibilidad señalados requieren estar cumplidos al  momento de la inscripción de la respectiva candidatura. 

Además de las condiciones de elegibilidad antes descritas, el Reglamento General de Elecciones establece  que los/as candidatos/as para cargos y funciones deberán haber obtenido la más alta calificación en el  último proceso correspondiente.  

No obstante lo anterior, según lo dispuesto en el Art. 15 del Reglamento General de Elecciones, existen  requisitos de carácter general para postular a cualquier cargo y función, los cuales son:  

  • No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación  deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la  fecha de expiración de funciones, y  
  • No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones y cargos públicos, ni hallarse condenado  por crimen o simple delito.  

Presentación de candidaturas:  

La candidatura para Representantes Académicos/as ante el Consejo de Facultad se formalizará ante la  Junta Electoral Local, adjuntando el patrocinio de 3 (tres) académicos/as pertenecientes al respectivo  claustro elector.  

En relación al número de patrocinantes, deberán manifestar su adhesión a la candidatura mediante  correo electrónico institucional, dirigido a la Presidenta de la Junta Electoral Local, con copia al/a la respectivo/a candidato/a, en el que se individualice al/a la postulante, el nombre completo del/de la patrocinante y la unidad académica a la que pertenece. En caso ser un correo electrónico de una cuenta  personal no institucional, debe adjuntar copia de la cédula de identidad por ambas caras y una imagen  legible de la firma. 

La nómina de patrocinantes deberá señalar bajo el encabezado, el nombre del/de la candidato/a y el acto  electoral de que se trate. Dejará expresa constancia de la numeración correlativa de las personas que la  suscriben, apellidos y nombres completos, requisito habilitante del/de la elector/a, y, si correspondiese,  jerarquía académica, unidad académica a la que pertenece, número de la cédula nacional de identidad y  firma del/de la elector/a, según documento adjunto. Un/a elector/a podrá patrocinar más de una  candidatura para una misma elección.  

El/La candidato/a podrá designar un/a apoderado/a general que lo/a represente ante la Junta Electoral  correspondiente.  

Claustro Elector:  

El claustro elector estará constituido por la totalidad del cuerpo académico adscrito a la unidad, de  cualquier categoría académica y jerarquía, quienes sufragarán según las ponderaciones señaladas a  continuación. 

Ponderación del voto:  

La ponderación de los votos según lo dispuesto en el Art. 11 del Reglamento General de Elecciones es la  siguiente: 

  • Académicos que ejerzan cargos Directivos, Profesores Eméritos y aquellos con nombramiento  de: 22 a 44 horas semanales: Un Voto.  
  • Académicos con nombramiento de 7 a 21 horas semanales: Medio Voto.  
  • Académicos con nombramiento igual o inferior a 6 horas: Un Octavo de Voto.  

El/La representante académico/a ante el Consejo de Facultad durará dos años, pudiendo optar a otro  período consecutivo. 

REPRESENTANTES ACADÉMICOS ANTE LOS CONSEJOS DE DEPARTAMENTOS 

(Se eligen 2 consejeros/as en cada Departamento) 

Condiciones de Elegibilidad:  

Los requisitos para ser candidato/a a Representante Académico/a ante el Consejo de Departamento,  según lo referido en el Reglamento, son los siguientes:  

  • Tener jerarquía de Profesor, con un nombramiento de al menos media jornada.  

Es importante señalar que los requisitos de elegibilidad señalados requieren estar cumplidos al  momento de la inscripción de la respectiva candidatura.  

Además de las condiciones de elegibilidad antes descritas, el Reglamento General de Elecciones establece  que los/as candidatos/as para cargos y funciones deberán haber obtenido la más alta calificación en el  último proceso correspondiente.  

No obstante lo anterior, según lo dispuesto en el Art. 15 del Reglamento General de Elecciones, existen  requisitos de carácter general para postular a cualquier cargo y función, los cuales son:  

  • No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación  deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la  fecha de expiración de funciones, y  
  • No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones y cargos públicos, ni hallarse condenado  por crimen o simple delito.  

Presentación de candidaturas:  

La candidatura para Representantes Académicos/as ante el Consejo del Departamento se formalizará  ante la Junta Electoral Local, si necesidad de contar con patrocinio alguno.

Claustro Elector:  

El claustro elector estará constituido por la totalidad del cuerpo académico adscrito a la unidad, de  cualquier categoría académica y jerarquía, quienes sufragarán según las ponderaciones señaladas a  continuación:  

Ponderación del voto:  

La ponderación de los votos según lo dispuesto en el Art. 11 del Reglamento General de Elecciones es la  siguiente:  

  • Académicos que ejerzan cargos Directivos, Profesores Eméritos y aquellos con nombramiento  de: 22 a 44 horas semanales: Un Voto.  
  • Académicos con nombramiento de 7 a 21 horas semanales: Medio Voto.  
  • Académicos con nombramiento igual o inferior a 6 horas: Un Octavo de Voto.  

El/La representante académico/a ante el Consejo de Departamento durará dos años, pudiendo optar a  otro período consecutivo. 

ELECCIÓN REPRESENTANTE ACADÉMICO/A ANTE LOS CONSEJOS DE LAS ESCUELAS DE PREGRADO Y DE  POSTGRADO:  

(Se eligen 2 representantes: 1 para los programas de Licenciatura, 1 para las carreras profesionales) (Se eligen 2 representantes: 1 para el programa de Magíster, 1 para el programa de Doctorado) 

Condiciones de Elegibilidad:  

Los requisitos para ser candidato/a a Representante Académico/a ante los Consejos de las escuelas,  según lo referido en los reglamentos General de Facultades y General de Elecciones, son los siguientes:  

  • Tener jerarquía de Profesor, con un nombramiento de al menos media jornada. 
  • Formar parte del claustro de alguno de los programas adscrito a la respetiva Escuela, según su  postulación a la elección correspondiente. 

Es importante señalar que los requisitos de elegibilidad señalados requieren estar cumplidos al  momento de la inscripción de la respectiva candidatura.  

Además de las condiciones de elegibilidad antes descritas, el Reglamento General de Elecciones establece  que los/as candidatos/as para cargos y funciones deberán haber obtenido la más alta calificación en el  último proceso correspondiente.  

No obstante lo anterior, según lo dispuesto en el Art. 15 del Reglamento General de Elecciones, existen  requisitos de carácter general para postular a cualquier cargo y función, los cuales son: 

  • No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación  deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la  fecha de expiración de funciones, y  
  • No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones y cargos públicos, ni hallarse condenado  por crimen o simple delito.  

Presentación de candidaturas:  

La candidatura de los/as Representantes Académicos/as ante los Consejos de Escuela, se formalizará  ante la Junta Electoral Local, adjuntando el patrocinio de 3 (tres) académicos/as pertenecientes al  respectivo claustro elector.  

En relación al número de patrocinantes, deberán manifestar su adhesión a la candidatura mediante  correo electrónico institucional, dirigido a la Presidenta de la Junta Electoral Local, con copia al/a la  respectivo/a candidato/a, en el que se individualice al/a la postulante, el nombre completo del/de la  patrocinante y la unidad académica a la que pertenece. En caso ser un correo electrónico de una cuenta  personal no institucional, debe adjuntar copia de la cédula de identidad por ambas caras y una imagen  legible de la firma. 

La nómina de patrocinantes deberá señalar bajo el encabezado, el nombre del/de la candidato/a y el acto  electoral de que se trate. Dejará expresa constancia de la numeración correlativa de las personas que la  suscriben, apellidos y nombres completos, requisito habilitante del/de la elector/a, y, si correspondiese,  jerarquía académica, unidad académica a la que pertenece, número de la cédula nacional de identidad y  firma del/de la elector/a, según documento adjunto. Un/a elector/a podrá patrocinar más de una  candidatura para una misma elección.  

El/La candidato/a podrá designar un/a apoderado/a general que lo/a represente ante la Junta Electoral  correspondiente.  

Claustro elector para representantes académicos/as ante el Consejo de Escuela de Pregrado.  

Los claustros electores estarán integrados, por una parte, por todos los/as académicos/as con  nombramiento, de cualquier categoría y jerarquía que realicen docencia en los programas de  licenciatura, y que estén adscritos/as en la Facultad de Filosofía y Humanidades; y, por otra parte, por  los/as académicos/as con las mismas características, que realicen docencia en las carreras profesionales,  y que estén adscritos/as en la Facultad de Filosofía y Humanidades; 

Claustro elector para representantes académicos/as ante el Consejo de Escuela de Postgrado.  

Los claustros electores estarán integrados, por una parte, por todos los/as académicos/as con  nombramiento, de cualquier categoría y jerarquía que realicen docencia en los programas de magíster, y  que estén adscritos/as en la Facultad de Filosofía y Humanidades; y, por otra parte, por los/as  académicos/as con las mismas características, que realicen docencia en los programas de doctorado, y  que estén adscritos/as en la Facultad de Filosofía y Humanidades;

Ponderación del voto:  

La ponderación de los votos según lo dispuesto en el Art. 11 del Reglamento General de Elecciones es la  siguiente:  

  • Académicos que ejerzan cargos Directivos, Profesores Eméritos y aquellos con nombramiento  de: 22 a 44 horas semanales: Un Voto.  
  • Académicos con nombramiento de 7 a 21 horas semanales: Medio Voto.  
  • Académicos con nombramiento igual o inferior a 6 horas: Un Octavo de Voto.  

El/La representante académico/a ante los consejos de escuelas de Pre y Postgrado durará dos años,  pudiendo optar a otro período consecutivo. 

ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE EL CONSEJO DE LA ESCUELA DE POSTGRADO

(se eligen dos representantes de los programas de doctorado) 

Condiciones de Elegibilidad:  

  • Ser estudiante regular de alguno de los programas de doctorado adscritos en la Escuela de  Postgrado al momento de la convocatoria.  

Es importante señalar que los requisitos de elegibilidad señalados requieren estar cumplidos al  momento de la inscripción de la respectiva candidatura.  

Presentación de Candidaturas:  

Se efectuará en la Junta Electoral Local, acompañando el patrocinio de cinco (5) estudiantes que  pertenezcan al claustro elector.  

La candidatura para Representantes Estudiantiles ante el Consejo de la Escuela de Postgrado se  formalizará ante la Junta Electoral Local, adjuntando el patrocinio de cinco (5) estudiantes  pertenecientes al respectivo claustro elector.  

En relación al número de patrocinantes, deberán manifestar su adhesión a la candidatura mediante  correo electrónico institucional, dirigido a la Presidenta de la Junta Electoral Local, con copia al/a la  respectivo/a candidato/a, en el que se individualice al/a la postulante, el nombre completo del/de la  patrocinante y al programa de doctorado en el que está matriculado/a. En caso ser un correo electrónico  de una cuenta personal no institucional, debe adjuntar copia de la cédula de identidad por ambas caras  y una imagen legible de la firma. 

La nómina de patrocinantes deberá señalar bajo el encabezado, el nombre del/de la candidato/a y el acto  electoral de que se trate. Dejará expresa constancia de la numeración correlativa de las personas que la  suscriben, apellidos y nombres completos, requisito habilitante del/de la elector/a, y, si correspondiese, el programa de doctorado en el que está matriculado/a, número de la cédula nacional de identidad y  firma del/de la elector/a, según documento adjunto. Un/a elector/a podrá patrocinar más de una  candidatura para una misma elección.  

El/La candidato/a podrá designar un/a apoderado/a general que lo/a represente ante la Junta Electoral  correspondiente.  

Claustro Elector:  

El claustro estará compuesto por todos/as los/as estudiantes con matrícula vigente en los programas de  doctorado de la Escuela de Postgrado.  

Ponderación del voto:  

  • Voto igualitario (voto entero). 

Los representantes estudiantiles ante los consejos de las escuelas durarán un año, pudiendo optar a otro  período consecutivo.   

DE LAS ELECCIONES

En el plazo señalado en la convocatoria, la Junta Electoral Local procederá a confeccionar y publicar el  claustro elector correspondiente. 

Dentro de los siete días siguientes a su publicación, cualquier miembro del claustro podrá presentar ante  la Junta Electoral Local reclamos por errores de hecho en la confección de la nómina, destinándose el  horario de 9:30 a 16:30 horas para la recepción de las referidas impugnaciones. 

Las Juntas Electorales Locales, a su vez, remitirán los referidos reclamos, a la brevedad, a la Junta  Electoral Central. 

Luego de resueltos los reclamos, la Junta Electoral respectiva publicará la nómina definitiva del claustro  elector, a través de los referidos medios digitales dispuestos para tales efectos.  

Es importante señalar que las condiciones o requisitos de elegibilidad señalados precedentemente  requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.  

En lo relativo a inscripción de candidaturas, los/as candidatos/as deberán presentar sus postulaciones  dentro del plazo establecido en la convocatoria; esto es, entre el lunes 21 y el viernes 25 de noviembre de  2022, mediante comunicación dirigida por correo institucional, a la Presidenta de la Junta Electoral Local,  al correo electrónico vicedecanato.filosofia@uchile.cl, bajo el Asunto: PRESENTACIÓN DE  CANDIDATURA + Nombre completo, y en cuyo cuerpo se manifieste su voluntad de ser candidato a  determinado cargo, señalando nombre completo, cédula de identidad y la unidad a la que pertenece, un  número de contacto, el resumen de sus patrocinantes de acuerdo a planilla tipo que se anexa. 

Se hace presente que, dada la naturaleza de la votación a través de medios digitales/electrónicos, en estos  comicios no son aplicables las normas relativas al voto anticipado, pudiendo ejercer su sufragio, en forma  remota, todos quienes se encuentren incluidos en el padrón electoral, aun cuando se encuentren  haciendo uso de:  

  • Comisión académica o de estudios, siempre que éstos no sobrepasen los cinco años.  ∙ Feriado legal,  
  • Permisos con y sin goce de remuneraciones, siempre que éstos no sobrepasen los cinco años.  ∙ Permisos administrativo  
  • Licencia médica.  

Asimismo, no será necesaria la designación de vocales de mesas ni la constitución de las mismas.  

El día de la votación, la Secretaria de la Junta Electoral Local dejará constancia en la respectiva acta de la  hora de inicio de la votación, la que se llevará a cabo durante ocho horas consecutivas, pudiendo  declararse cerrada antes del cumplimiento de dicho tiempo si hubiesen sufragado todas las personas  incluidas en el padrón electoral.  

Al término de las ocho horas, o habiendo sufragado todos/as los/as electores/as incluidos/as en el  padrón, se dejará constancia del cierre de la votación en la referida acta.  

Durante el proceso, toda información que deba transmitirse a la comunidad universitaria se comunicará  a través del respectivo sitio web de la unidad académica, de los correos electrónicos oficiales de los  interesados y por la plataforma ParticipaUChile.  

La Junta Electoral Local dispondrá para la recepción de las impugnaciones y reclamos que se verifiquen  durante el desarrollo del proceso, el correo electrónico: vicedecanato.filosofia@uchile.cl 

En lo relativo a las comunicaciones que deban ser dirigidas a las Juntas Electorales Locales, tales como  reclamos, impugnaciones, presentación de candidaturas, patrocinios o cualquier otra que surta efectos  respecto del proceso eleccionario, éstas deberán realizarse por medio de correos electrónicos  institucionales o bien, en su defecto, desde cuentas personales (en el siguiente horario de 9:30 a 16:30  horas), adjuntando copia de la cédula de identidad por ambas caras y de la firma del emisor. Dicha  documentación deberá ser enviada debidamente escaneada o fotografiada, de tal manera que permita su  legibilidad. La Junta Electoral Local podrá observar la legibilidad de la documentación dentro de las 24  horas, desde su recepción. Para lo cual el interesado dispone de 24 horas para subsanar dicho reparo,  teniéndose por no efectuada la comunicación. 

De acuerdo con lo señalado en el Art. 10 del Reglamento General de Elecciones, tienen derecho a votar  los/as académicos/as con una antigüedad de, a lo al menos, SEIS MESES, contados desde el día de la  convocatoria correspondiente. 

En las referidas elecciones, se elegirán 5 Directores/as de Departamento, 5 Representantes  Académicos/as ante el Consejo de Facultad, 2 Representantes Académicos/as ante cada Consejo de  Departamento, 2 Representantes Académicos/as para el Consejo de la Escuela de Pregrado (1 para  programas de licenciaturas y 1 para carreras profesionales), 2 Representantes Académicos/as para el  Consejo de la Escuela de Postgrado (1 para el programa de magíster, 1 para el programa de doctorado)  y 2 Representantes Estudiantiles ante la Escuela de Postgrado para el programa de doctorado. 

Todas las elecciones se llevarán a cabo mediante la plataforma participa.uchile.cl.

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