1.- Base legal:
El período sabático consistirá en una etapa de perfeccionamiento de alto nivel en entidades nacionales o extranjeras por un período de tres meses hasta un año, con derecho al goce de remuneraciones, durante el cual el/la académico/a realizará funciones de investigación o creación, actualización en las tareas propias del quehacer universitario o redacción de obras, de acuerdo con un proyecto previamente aprobado por la autoridad competente, que genere productos de alto interés académico y pueda producir alto impacto en el avance de la Institución (DU N°4263 de 1985).
2.- Características del concurso
El proyecto de período sabático debe tener un alto interés académico tanto en la trayectoria individual de el/la postulante como en el impacto en las unidades que participa, razón por la cual debe guardar relación con el proyecto de desarrollo estratégico de dichas unidades. Debe tender a producir un avance significativo para su disciplina o para la enseñanza de la misma.
El proyecto debe incluir un plan de trabajo y comprometer productos de interés académico concretos y factibles de realizar en el período comprometido.
Durante el período sabático el/la académico/a tendrá dedicación exclusiva al proyecto, por lo tanto, se encontrará eximido/a de docencia y gestión universitaria. Por la misma razón, el beneficio del período sabático será incompatible con actividades distintas a las comprometidas en el proyecto, ya sean éstas remuneradas o no. Se exceptúa en esta cláusula la participación en proyectos de investigación concursables.
Este concurso financiará los gastos asociados a la vacancia producida por el período sabático, según el plan elaborado por cada departamento. De acuerdo a los recursos disponibles en el presupuesto 2025, la presente convocatoria financiará hasta dos cupos de período sabático. No financiará pasajes, estadías, ni productos asociados al proyecto, los cuales deberán ser gestionados por el/la académico/a.
El proyecto sabático tendrá una duración mínima de tres meses y máxima de un año, a contar de marzo de 2025. Cualquiera sea su duración, la estadía deberá iniciarse entre el mes de marzo de 2025 y octubre de 2025.
3.- Comisión de Período Sabático:
Se constituirá un Comité de Concurso para el Período Sabático conformado por los siguientes miembros:
1.- El Director/a académico/a de la Facultad.
2.- Directores/as de Departamentos de la Facultad (6).
3.- Un/a director/a elegido/a entre los Centros con académicos adscritos a Departamentos.
4.- Vicedecano/a, en calidad de ministro de fe.
4.- Requisitos de postulación:
- Estar en posesión de la jerarquía titular o asociado/a en carrera ordinaria o carrera docente.
- Poseer una antigüedad de al menos seis años considerando ambas jerarquías.
- Tener un nombramiento de jornada completa.
- Haber obtenido una calificación de nivel “Bueno” en el último período de calificaciones (nivel 3).
- Haber desempeñado algún cargo o función de gestión universitaria a nivel de Departamento, Centro, Facultad o nivel central, durante los últimos cinco años.
5.- Restricciones de postulación:
- No podrán postular los/as académicos/as que hayan sido objeto de medidas disciplinarias por resolución fundada durante los seis años inmediatamente anteriores a la postulación.
- No podrán postular al beneficio quienes hayan cumplido comisiones de estudios y comisiones académicas que, sumadas, sean iguales o superiores a un año, o disfrutado de un período sabático, en los últimos seis años.
- No podrán postular, Decano/a, Vicedecano/a, Director/a Académico/a, Directores/as de Escuelas y Directores/as de Departamentos, en ejercicio.
6.- Sobre el proceso de postulación:
El/la académico/a interesado/a deberá enviar al Director/a de su Departamento o Centro los siguientes documentos:
- Ficha de postulación.
- Documento que acredite la aceptación de la institución en la cual se desarrollará el período sabático.
- Copia de la resolución de su último período de calificación.
El/la Director/a de Departamento y/o Centro validarán que las postulaciones cumplan con los requisitos señalados en el punto 4, remitiéndolas a la Comisión ad-hoc.
7.- Criterios de evaluación:
Se aplicarán pautas de evaluación que considerarán las siguientes dimensiones y ponderaciones:
Dimensión |
Criterio |
Ponderación |
---|---|---|
Trayectoria académica (últimos 6 años) |
Proyectos de investigación |
30% |
Publicaciones |
||
Participación en reuniones científicas |
||
Docencia |
||
Actividades de extensión y/o vinculación con el medio |
||
Gestión Universitaria (Últimos 6 años) |
Cargos o funciones de gestión desempeñados |
20% |
Calidad del proyecto |
Originalidad, interés y viabilidad del proyecto |
50% |
Relevancia de los productos comprometidos |
||
Pertinencia de la entidad patrocinadora en función del proyecto |
||
Correspondencia entre trayectoria académica y proyecto |
||
Coherencia entre el plan de trabajo y productos comprometidos |
8.- Sobre la adjudicación
Luego de la revisión de los antecedentes, la comisión solicitará a el/la directora/a del Departamento y/o Centro presentar un plan para suplir las funciones que quedarán descubiertas en sus unidades a consecuencia del período sabático postulado, indicando el costo estimado del mismo.
9.- Informe Final
Una vez concluido el período sabático, se solicitará un informe final de actividades y cumplimiento de objetivos, dentro de treinta días hábiles contados desde el término del período sabático. Dicho informe deberá ser aprobado por el/la Decano/a, previo informe favorable del/la Director/a del Departamento o Unidad.
La no presentación oportuna del informe de actividades correspondiente al período sabático, o en el evento de que éste sea rechazado por la autoridad, dará lugar a responsabilidad administrativa para el/la académico/a, de acuerdo a reglamentación vigente.
10.- Plazos del Concurso:
El proceso de recepción de los proyectos sabáticos, los cuales deberán ser entregados a los/las Directores/as de sus respectivos Departamentos y/o Centros, se extenderá desde el día 18 de noviembre de 2024 hasta el día 30 de diciembre del año 2024. El fallo de la comisión ad hoc será dado a conocer dentro del plazo de 20 días corridos desde su fecha de recepción. Si por razones de fuerza mayor se hiciese necesario prorrogar la decisión de la comisión ad hoc, dicha circunstancia será comunicada a los/as respectivos/as postulantes con la debida antelación, mediante correo electrónico.
Listado validado de cargos de gestión:
Actividades de gestión y administración académica |
Decano/a y Vicedecano/a |
Vicerrector/a, director/a (nivel central) |
Director/a de organismo de asesoría integral decanato |
Director/a Escuela de Pregrado y/o Postgrado |
Director/a de Departamento |
Director/a de Centro |
Coordinador/a licenciaturas/carreras pregrado |
Director/a de Revista |
Secretario/a de Redacción |
Coordinador/a Magíster/Doctorado |
Consejero/a de Facultad |
Subdirector/a de organismo de asesoría integral, de, Escuela de Pregrado y/o Postgrado, de departamento/centro |
Coordinador/a comité de sustentabilidad |
Coordinador/a de investigación departamento/centro |
Coordinador/a de relaciones internacionales departamento/centro |
Coordinador/a de extensión y vinculación con el medio departamento/centro |
Coordinador/a de género |
Integrante del comité académico/consejo académico |
Integrante de junta electoral local |
Integrante comisión superior/local de Autoevaluación institucional |
Integrante comisión superior/local de calificación académica |
Integrante comisión superior/local de evaluación académica |
Integrante comisión superior/local de concursos académicos |
Integrante comité de Ética de la investigación |